Poda de arbolado público

La Municipalidad de Reconquista recuerda que es la única autorizada a realizar trabajos de poda sobre el arbolado público, de acuerdo con lo previsto por la ley provincial N° 9004/82, su decreto reglamentario N° 763/83 y la ordenanza municipal 4198/99.

Se considera arbolado público al existente en calles públicas, parques, espacios verdes y, en general, en bienes públicos dentro de la jurisdicción municipal, quedando prohibido a todo particular efectuar cortes, despuntes, poda aérea o radiculares, talas o erradicaciones del mismo.

Oportunamente la Municipalidad de Reconquista llevará a cabo, de manera controlada, las tareas necesarias para garantizar el normal desarrollo de las especies arbóreas, con poda de formación en ejemplares jóvenes, poda levante de copa, despeje de líneas eléctricas de baja tensión y luminarias.

 

Fuente: Municipalidad de Reconquista. 

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