Si bien el acuerdo con el Fondo Monetario Internacional (FMI) redujo la tensión en el mercado cambiario, continúa la búsqueda de cobertura en dólares dado que la expectativa de una mayor devaluación no se disipó y que las tasas de interés en pesos siguen perdiendo contra la inflación. Desde este martes 1° de febrero, los ahorristas minoristas podrán volver a utilizar su cupo mensual máximo de u$s200.
En enero, el dólar “ahorro” o “solidario”, que contempla el impuesto PAIS del 30% y el impuesto del 35% deducible de Ganancias, acumula un alza mensual de 2,2%, la más alta desde marzo de 2021. La cotización se ubica en los $178,68, según el promedio realizado por el Banco Central (BCRA) en las distintas entidades financieras del país.
La autoridad monetaria aceleró levemente el ritmo de ajuste del tipo de cambio oficial, aunque todavía la divisa sigue corriendo atrás de los precios. El presidente de la entidad, Miguel Ángel Pesce, negó que vaya a haber un salto devaluatorio, en línea con lo que aseguró el ministro de Economía, Martín Guzmán, tras el anuncio de acuerdo con el FMI.
El funcionario planteó en la conferencia de prensa del viernes que el país proyecta acumular u$s5.000 millones a sus reservas durante 2022, y que el tipo de cambio será compatible con ese nivel de reservas. Todavía resta ver en detalle la carta de intención para saber cómo piensa el Gobierno acumular esos dólares.
Paralelamente, en las conversaciones con el organismo multilateral de crédito se llegó a un consenso sobre la necesidad de que las tasas sean positivas en términos reales. Por el momento, la tasa de política monetaria del BCRA es del 48,3% anual en términos efectivos, y la de los plazos fijos minoristas es del 46,8%.
En un contexto en el cual la inflación esperada para este año supera el 50%, se espera que en el corto plazo haya nuevos ajustes en los retornos de las inversiones en moneda local.
¿Quiénes no pueden comprar dólar ahorro?
- Los que compraron dólar MEP o CCL en los últimos 90 días
- Los que cobraron su último salario a través del programa de Asistencia a la Producción y el Trabajo (ATP)
- Los que cobraron planes sociales
- Monotributistas que tengan en curso créditos a tasa subsidiada
- Quienes no tienen sus ingresos declarados para evitar compras con dinero en negro o elusiones al cupo de u$s200 mediante adquisiciones a través de terceros
- Cotitulares de cuentas bancarias
- Individuos que gastaron con tarjeta su cupo de u$s200 (incluye, por ejemplo, el pago de Netflix o Spotify en dólares)
- Personas que tengan un plan de pago a 12 cuotas por deudas con tarjeta de crédito
- Aquellos que refinanciaron con bancos sus deudas por créditos personales, prendarios o hipotecarios.
¿Cómo saber si estoy habilitado para comprar?
Quienes deseen acceder a la compra del dólar ahorro y no se encuentren dentro del grupo afectado por las nuevas condiciones del cepo, podrán verificar la habilitación por medio de la Certificación Negativa de ANSeS, un comprobante que tiene una validez de 30 días, donde se deja constancias que no registras:
- Aportes como trabajador bajo relación de dependencia;
- Declaraciones Juradas de provincias no adheridas al SIPA (tanto para trabajadores activos como pasivos);
- Transferencias como Autónomo y/o Monotributista y/o Trabajadores de Casas Particulares;
- Cobro de Asignación por Maternidad para Trabajadora de Casas Particulares;
- Cobro de la Prestación por Desempleo;
- Cobro de programas sociales.
- Cobro de la Asignación Universal por Hijo;
- Cobro de la Asignación por Embarazo;
- Cobro de Becas Progresar;
- Cobro de prestaciones previsionales vigentes a la fecha de la solicitud.
- Obra social.
Además, en este documento figura si el solicitante se encuentra o no registrado como Monotributista Social informado por el Ministerio de Desarrollo Social.
¿Quiénes no sufrirán percepciones por la realización de consumos en dólares con tarjetas de débito y crédito por la compra de servicios en el exterior?
- Las entidades exentas de impuestos por leyes nacionales.
- Las sociedades cooperativas.
- Las instituciones religiosas.
- Las asociaciones, fundaciones y entidades civiles de asistencia social, salud pública, caridad, beneficencia, educación e instrucción, científicas, literarias, artísticas, gremiales y las de cultura física o intelectual.
- Las entidades mutualistas.
- Las asociaciones deportivas y de cultura física.
- Las instituciones internacionales sin fines de lucro, con personería jurídica, con sede central establecida en la República Argentina.