El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la provincia seleccionará personal para las oficinas del Registro Civil de las localidades de Las Toscas, Reconquista, Villa Ocampo y Malabrigo, a través de un concurso para ocupar cinco cargos administrativos.
En Reconquista se cubrirán dos puestos y uno en cada una de las otras localidades. Es obligatorio acreditar, mediante copia de DNI, que se posee domicilio con dos años de antigüedad en la ciudad en la cual se concursará. La falta de acreditación de este aspecto constituirá causal de exclusión del procedimiento de selección.
Los postulantes tienen plazo hasta el 31 de agosto para presentar los antecedentes personalmente en Mitre 737, sede del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos en Reconquista. La recepción es de lunes a viernes de 8 a 12 horas. Toda la documentación deberá ser presentada en copia simple y en sobre cerrado. Asimismo, no se admitirán en este proceso de selección, aquellos agentes que pertenecen a la planta de personal permanente o permanente provisional de la administración.
El personal será incorporado en el marco del artículo 8 de la Ley Nº 8525, según el orden de mérito que surja del concurso. Los pasos son los siguientes:
>> El 14 de septiembre se notificará por e-mail sobre la admisión de los antecedentes presentados
>> El 26 de septiembre a las 18 horas se realizará el examen de evaluación técnica y la entrevista personal en la ciudad de Reconquista
>> Hasta el 16 de octubre se notificará el orden de mérito resultante
Los interesados en participar pueden efectuar consultas por e-mail al correo electrónico hgorostiza@santafe.gov.ar
MATERIAL DE ESTUDIO
El material de estudio para el concurso y el link de descarga de las normas legales son los siguientes:
<< Sobre el funcionamiento general de la Administración Pública. Conocimiento de la Ley Nº 8525: Estatuto General del Personal de la Administración Pública, que puede consultarse aquí.
<< Nociones acerca del Decreto Acuerdo Nº 2695/83: Escalafón del Personal Civil de Administración Pública Provincial, que puede consultarse aquí.
<< Ley nacional Nº 26.413: Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas, que puede consultarse aquí.
<< Nociones acerca de la Ley de Creación del Registro Civil del 4 de enero de 1899, reglamentada por Decreto Nº 3801/48, que puede consultarse aquí.
<< Herramientas informáticas como Linux, Word, Excel, Correo Electrónico, Internet.
Fuente: Prensa Región.