La resolución alcanza a todos aquellos negocios que realicen ventas a consumidores finales, alquilen cosas, presten servicios o realicen obras. Advierten que podría haber inspecciones y denuncias. ¿Quiénes quedan exceptuados? Recomendaciones.
Desde el 1 de abril, todos los comercios y profesionales deberán aceptar pagos con débito. Así lo estableció la Afip y fijó multas para los comerciantes, prestadores de servicios y profesionales que no cumplan.
La iniciativa de la Administración Federal de Ingresos Públicos busca promover la implementación de los equipos electrónicos que permiten el pago a través de tarjeta de crédito y débito.
Se trata del cronograma que comenzó en abril de 2017 y finaliza este sábado con los monotributistas de las categorías más bajas.
La doctora Susana Cuervo, secretaria del Consejo Superior de Ciencias Económicas, explicó que la obligatoriedad «está impuesta por resolución» y advirtió: «Las multas van a ser bastante elevadas. Van de 300 a 30.000 pesos y la clausura de tres a 10 días; solo aplicables en casos de hecho graves o reincidencia».
«Entran absolutamente todos los monotributistas a partir de ahora. Todos los que presten servicio o realicen ventas a consumidores finales», agregó la profesional. Respecto de las excepciones, dijo: «La resolución dice que quedan exceptuados únicamente aquellos cuya actividad se desarrolla en localidades con poblaciones menores a mil habitantes o las operaciones que se efectúen por un importe inferior a 10 pesos».
Sobre los controles que podría realizar el organismo en esta ciudad, Cuervo recordó: «Los controles podrían ser de rutina. Cuando se estableció el cronograma se realizaron inspecciones, van a los negocios. Se debe exhibir en los comercios y en los lugares donde se prestan servicios el formulario 960D. A través de este formulario permite verificar si ese comerciante acepta pago con débito en su local. O sea que todo va de la mano, el posnet y exhibir el formulario 960D».
La contadora reconoció que la resolución fue difundida en tiempo y forma pero que, de igual manera, existe demora en algunos monotributistas en incorporar el sistema. «Muchos tardan por costo del aparato o porque tienen que tener una cuenta bancaria. La mayoría de ellos creo que estuvieron esperando hasta último momento por ese motivo. Sin embargo hay varias empresas que brindan el servicio, hay mayor competitividad en cuanto a precio, costo, calidad y avance tecnológico.
Los clientes pueden denunciar el cobro adicional
La Afip recuerda que el pago con débito es un medio de pago equivalente al efectivo y por lo tanto los comercios no pueden cobrar un monto adicional por su uso. Si al consumidor el comercio ofrece un descuento por pagar en efectivo o no tiene terminal de cobro bajo esta modalidad, el usuario puede denunciar a través de su celular.
La denuncia se inicia con el escaneo del código QR que figura en el formulario 960 del local. Al hacerlo, será derivado a la información del comercio para hacer la denuncia, indica la web de la Afip. Luego, el organismo evaluará el caso y podrá aplicar las sanciones correspondientes.
Fuente: www.unosantafe.com.ar